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Nueva ley de la hipoteca con más derechos para el consumidor

Desde el punto de vista del consumidor, tenemos que celebrar la nueva ley hipotecaria, que seguramente tenga su entrada en vigor entre marzo y abril de 2019  y aunque llega un poco tarde, es absolutamente necesaria y favorable para el hipotecado.

Para ver la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario pincha aquí.

Como se ha visto y sobre todo en la época de la pasada crisis económica, la relación entra banco y cliente es radicalmente desigual, imponiendo el primero todas las condiciones y caracteres del préstamo siempre a su favor. Esto repercutía en un grave perjuicio para el ciudadano, que corría casi siempre con todo el riesgo del crédito y que en caso de quedar sin ingresos podía quedarse sin casa y con una deuda perpetua.

En resumen, la nueva legislación viene con muchas cambios para equilibrar la relación consumidor y para entenderla mejor, vamos a analizar sus puntos más destacados 

  • A diferencia delos que ha venido pasando hasta ahora, Los bancos pasan a pagar la mayoría delos gastos de la  hipoteca. Así pagarán el impuesto de Actos Jurídicos Documentos (AJD), las primeras copias del notario, los gastos del registro y de la gestoría, en cambio el consumidor  pagará segundas copias del notario y los gastos de tasación
  • Para llevar a cabo la ejecución de la hipoteca, se amplían a 12 mensualidades impagadas o el 3% del capital principal durante la primera mitad de la vida del préstamo, en la segunda mitad se establecen 15 cuotas o el 7% del principal. A diferencia de lo que venía siendo tradicional hasta ahora, con la ejecución de la hipoteca con solo 3 mensualidades pagadas, siendo indiferente si era al inicio de la vida dela hipoteca o al final.
  • Las comisiones de amortización anticipada para hipotecas de tipo fijo bajarán a la mitad y serán del 2% durante los 10 primeros años y del 1,5% a partir de este período,mientras que el cliente deberá elegir el tipo de amortización a tres o cinco años cuando su hipoteca sea a tipo variable, cuyas comisiones serán del 0,25% o del 0,15%, respectivamente.
  • Desaparece la cláusula suelo, algo lógico. La dación en pago solo existirá si así lo acuerdan las partes.
  • El cliente podrá contratar con cualquier entidad los seguros o pólizas de hogar, vida o protección del crédito
  • La entidad ofrecerá una ficha estandarizada para que el cliente pueda conocer y comparar con otros bancos las condiciones hipotecarias que se le ofrecen.
  • Desaparecen las comisiones por novación del crédito.
  • Los tasadores podrán ser elegidos por el cliente y tendrán más controles y deberes en cuanto a su independencia respecto de las entidades financieras.
  • La comisión por interés de demora se establece en el interés remuneratorio más el 2 %.
  • Se crea una autoridad de carácter independiente encargada de  velar por la protección y transparencia en los contratos entre cliente y banca.

En resumen y como conclusión, se refuerzan los derechos del consumidor y se limitan los practicas de las entidades bancarias para evitar los abusos que hemos venido viendo en los últimos años. Desde nuestro punto de vista era absolutamente necesaria esta legislación, lamentablemente llega tarde para muchos ciudadanos.

Por último y aportando nuestra opinión, otro punto que podría favorecer la defensa del consumidor es que se dé una mayor formación sobre economía, finanzas y productos financieros a los ciudadanos. Aprendemos muchas cosas en el colegio pero nada sobre estos asuntos y sin duda este desconocimiento favorece que el banco imponga condiciones que el ciudadanos desconoce en cuanto a su alcance y consecuencias directas.

En todo caso bienvenida sea esta nueva regulación, si tienes dudas sobre este cambio legislativo o sobre aspectos de tu hipoteca, no dudes en consultarnos, somos expertos en derecho hipotecario.

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