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Nueva Ley Orgánica de protección al menor y adolescentes

Despedimos el pasado año con la aprobación por el Consejo de ministros del anteproyecto de Ley Orgánica de “Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia”, ley que trae diversas novedades al respecto.

Dicen que la sociedad que protege a los más débiles es una sociedad avanzada y en el caso de los niños con más razón, pues no hay que olvidar que ellos representan el futuro y en consecuencia merecen especial atención; ésta ha sido la premisa de la nueva ley, incorporando medidas de concienciación, prevención, detección e intervención en áreas tan diversas como la sanitaria, educativa, judicial nuevas tecnologías…etcétera.

Respecto a las novedades más importantes a destacar tenemos:

  1. Novedades de carácter transversal :  se instaura la obligatoriedad para todos los ciudadanos de comunicar a las autoridades competentes o proceder a su denuncia, el conocimiento o presencia de una situación de desprotección, riesgo o violencia sobre un menor, obligación más exigente para los colectivos con contacto habitual con los menores como es el caso de docentes, sanitarios …

Además, se crea un adjunto al Defensor del Pueblo especializado en esta materia.

  1. Novedades en el ámbito de la administración de justicia : se distingue

a) Modificación del Código Penal :

  • Ampliación del plazo de prescripción de los delitos más graves contra menores, comenzando su cómputo a partir de que la víctima cumpla los 30 años.
  • Endurecimiento del cumplimiento de las penas para condenados por agresión sexual contra menores, pues no podrán acceder al tercer grado ni disfrutar de permisos hasta que al menos hayan cumplido la mitad de la pena. Además, el acceso a la libertad condicional no tendrá lugar hasta haber cumplido como mínimo 2/3 de la condena.
  • Inclusión de nuevos tipos de delitos contra menores cometidos a través de internet, tecnologías de información y comunicación como la inducción al suicidio, autolesiones, trastornos alimentarios o contra la libertad sexual.

b) Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal : en el ámbito procesal se introducen las siguientes novedades

  • Potestad de los jueces de retirada de contenidos ilícitos de páginas web como medida cautelar.
  • Las condenas por delitos sexuales o trata contra menores llevarán aparejadas la inhabilitación para profesión u oficio que suponga contacto habitual o directo con menores.
  • Potestad del Ministerio Fiscal o del representante legal del menor a decidir sobre si éste declara o no en juicio.
  • Obligación de comparecencia en juicio en calidad de testigos a los familiares del menor.
  • En caso de que el perjudicado sea menor de 14 años, será obligatorio por parte del juez de instrucción a recurrir a la prueba preconstituida, evitando así su reproducción en juicio.
  1. Novedades en el ámbito educativo :
  • Dotación de protocolos de actuación en los centros educativos frente a indicios de abuso escolar, sexual, ciberacoso u otras formas de violencia (incluida la de género).
  • Existencia de un coordinador de bienestar y protección, cuya función será principalmente vigilar la aplicación correcta de dicho protocolo y la coordinación entre los profesionales del centro.
  1. Novedades en el ámbito sanitario : Será obligatoria la existencia de un protocolo común de actuación en todo el territorio nacional que cuente con las medidas necesarias en caso de detección de violencia sobre los menores.
  2. Novedades en el ámbito deportivo y de ocio : Todas las entidades que realicen habitualmente actividades con menores también deberán contar con un protocolo de actuación, prevención y detección de violencia sobre los menores así como la obligatoriedad de existencia de la figura del “Delegado de protección”.
  3. Novedades en el ámbito de las Fuerzas y Cuerpo de Seguridad : Deberán tener unidades especializadas en la materia y se adoptarán medidas para impedir contacto directo o indirecto con la víctima, así como la práctica únicamente de las diligencias que sean totalmente imprescindibles.

Habrá que estar pendientes de la efectividad en la práctica de esta batería de medidas, a todas luces necesarias ante algunos últimos casos que han sacudido la opinión pública de violencia contra y entre los menores, por ello, además de la instituciones, la sociedad en conjunto debemos implicarnos y preocuparnos de protegerlos para que durante esos, los primeros años de su vida, sólo sean lo que son : simplemente niños.

En Mediavilla Sauret somos expertos en procedimientos penales con menores, consúltenos para cualquier duda

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