Artículo publicado en La Opinión de Tenerife el pasado 28 de Abril.
A raíz de la filtración de datos conocida como los papeles de Panamá, se han sucedido escándalos y juicios mediáticos sobre la ética y legalidad de estas prácticas que han afectados a muchos personajes famosos de todo el mundo, en España incluso ha supuesto la dimisión de un ministro.
Aquí vamos a intentar aclarar desde el punto de vista legal la implicación de estas acciones, pues aunque parecen reprobables desde el punto de vista ético y más para aquellos que desempeñan una actividad dentro de la administración pública, no siempre podemos hablar de delito.
Un paraíso fiscal es un territorio que ofrece a personas y empresas extranjeras poca o ninguna carga fiscal en un entorno estable y seguro. A esta ventaja se une el secreto bancario, pues no suelen facilitar datos a las autoridades públicas sobre la existencia o la cantidad de dinero que hay en cada cuenta, su origen o titularidad.
Estas características los hacen interesantes para aquellos que quieren pagar menos impuestos, precisan de lavar dinero o no quieren dar explicaciones sobre el origen de su fortuna o como la emplean.
Además estos lugares cuentan con bancos y asesores que facilitan estas prácticas, como es el caso de Mossack Fonseca, el bufete cuyos datos han sido filtrados en el caso de los papeles de Panamá, que se dedican a asesorar y facilitar el encubrimiento y movimiento de la riqueza guardada en paraísos fiscales, aportando testaferros o creando sociedades fantasma que facilitan el movimiento de capitales opacos, lo que se conoce como sociedades off shore.
Pero sin duda la parte más escabrosa y oscura de los paraísos fiscales es que a veces permiten el lavado de dinero procedente del narcotráfico, la corrupción, el tráfico de armas o personas y otros delitos. Sin embargo hay diferentes escalas en cuanto al reproche penal que se puede hacer a las personas que usan los paraísos fiscales.
Evidentemente no es lo mismo ocultar en un banco el dinero procedente del tráfico de armas, que evadir impuestos o simplemente facilitar la operativa del movimiento de capitales para un negocio internacional con el objetivo de evitar trabas burocráticas.
En resumen, tener capitales en un paraíso fiscal no significa que se esté cometiendo una ilegalidad, pero es un indicio de un posible intento de reducir la carga tributaria o incluso de querer ocultar el origen dudoso de cierta cantidad de dinero.
La pregunta sería ¿Cuándo es legal tener capital en un paraíso fiscal? En principio si el contribuyente declara en su país de residencia la existencia de sus cuentas y sociedades en paraísos fiscales y esta es de origen legal y cumple con la legalidad del país donde vive y obtiene sus ingresos, estaríamos hablando de una actividad lícita.
Nada impide que un contribuyente tenga cuentas en diferentes países, incluso en paraísos fiscales, siempre que el país de residencia y el país donde tiene las cuentas tengan firmados acuerdos bilaterales para compartir información fiscal o bancaria y evitar la doble tributación entre ambos estados, esto es que los dos países no cobren al contribuyente por el mismo impuesto.
Por otro lado tampoco está claro que países son paraísos fiscales, pues por ejemplo España no considera Panamá como tal, en cambio otros países si pueden tener a Panamá en su lista de paraísos fiscales. Muchas veces esto depende de si hay firmados los acuerdos citados.
En resumen y para acabar, no siempre tener dinero en un paraíso fiscal es sinónimo de ilegalidad, aunque a veces puede ser indicio de algo más grave que una simple evasión de impuestos. Dependerá de si el dinero se ha declarado y de si se tributa por él de acuerdo a la legalidad del país donde se tiene la residencia.
Otra cosa es el juicio moral que se pueda emitir, sobre lo que supone acerca de la ética y solidaridad para con los demás de la persona o sociedad que opera en estos paraísos fiscales.