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La sentencia de “La Manada” y sus consecuencias

Hace tan sólo unos días que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la polémica sentencia conocida como la de “La Manada”, ratificando la pena de nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento.

Pero ese fallo judicial ha reflejado la fragmentación social que existe respecto a la interpretación de estos delitos, pues en el mismo se contempla el voto particular de dos de sus magistrados, en el que consideran que los cinco condenados deberían serlo no por abuso sexual, sino por agresión acarreando en consecuencia una pena de prisión de catorce años, tres meses y un día, al estimar que existía intimidación.

La diferencia entre uno y otro término (amén de las diferentes penas que cada tipo contiene) en nuestro Código Penal se encuentra en la existencia o no del uso de violencia o intimidación para la comisión del delito, y esa fina barrera, difícilmente demostrable en muchos casos y casi siempre interpretable de forma muy subjetiva, es la que ha generado tanta polémica social en cuanto al desamparo o la baja protección de las víctimas, provocando un rechazo al poder judicial por parte de numerosos colectivos.

Pero es precisamente y a consecuencia de ese malestar aclamado en las calles, por la controvertida primera sentencia dictada por al Audiencia Provincial de Navarra de “La Manada”, la que propició que el Ministerio de Justicia inaugurara en Mayo de este año la Comisión General de Codificación en la que la comisión de expertos sobre delitos sexuales debaten sobre la regulación de estos actos.

La proposición planteada es que todo delito sexual sea agresión, eliminado así del Código Penal el término de abuso, es decir, medie o no violencia o intimidación, cualquier delito contra la sexualidad será considerada como agresión y en su tipo agravado violación (que es cuando esa agresión se comete con penetración, tanto carnal o a través de objetos sobre la víctima).

En cualquier caso habrá que esperar a que dicha comisión presente su texto definitivo y éste a su vez sea aprobado y que dicha modificación consiga el consenso social perdido desde el inicio de este caso, en cualquier forma, cabe recordar que respecto a la controvertida sentencia de “La Manada” no todo está dicho, pues aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, y ya se sabe que es el Alto Tribunal el que siempre (o caso siempre) tiene la última palabra.

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